Ordenanza Nº 1374-2003 Imprimir
Miércoles, 30 de Abril de 2003 00:00

ORDENANZA Nº 1374-2003

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE acuerda y sanciona con fuerza de

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Corrígese el error tipográfico involuntario producido en el texto del artículo 2º de la Ordenanza Nº 1365 el que quedará redactado según lo siguiente:

"ARTICULO 2º: Estarán alcanzados por esta tasa todas las explotaciones rurales a partir de una superficie de 3 hectáreas, con un mínimo de sesenta ($60) por año".-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ROQUE PÉREZ A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRES.-

Firmada: Eva Silvia Cardelino. Presidente HCD. Edgardo A. Sagastizábal. Secretario HCD.-

Registrada bajo el Nº 1374 con fecha 30/04/2003.-